Medida Quintero – Puchuncaví F.3.5

Protección de especies en Planes Reguladores Comunales e Intercomunales

Componente Sociedad
Plazo Mediano
Cobertura Comunal
Inversión referencial $10 Millones 216
Prioridad Moderada

Descripción

Esta solución incluye incorporar en los futuros procesos de actualización de instrumentos de planificación territorial, las zonificaciones adecuadas para proteger la flora nativa y los espacios de áreas verdes. Esto es darles una protección mediante una evaluación y planificación ambiental estratégica del territorio que los salvaguarde de otras actividades que puedan asignarse en un determinado uso del suelo y evitar su destrucción o deterioro. Esto se pretende lograr mediante la exigencia de dichos contenidos ambientales en los términos de referencia de las licitaciones del MINVU.

Resultados esperados

  • Se espera proteger la flora nativa y áreas verdes que existe en los territorios y aumentar su superficie para propiciar los impactos positivos que tienen sobre el medio ambiente y la calidad de vida de la población.

Obstáculos

Administrativos: Uno de los obstáculos es la dificultad de coordinar a los actores involucrados en el desarrollo de instrumentos de planificación territorial y sus diversos intereses. Muchas veces no hay una visión común de lo que se busca al planificar y cada sector quiere interponer sus propios intereses. Estos procesos son largos y requieren del compromiso de todos los actores, lo que puede derivar en que algunas consideraciones ambientales se diluyan en el tiempo.

Actores Involucrados

  • Ministerio de Vivienda y Urbanismo
  • Ministerio del Medio Ambiente
  • I. Municipalidad de Puchuncaví
  • I. Municipalidad de Quintero

Instrumentos

  • Plan Regulador Comunal
  • Plan Regulador Intercomunal Satélite Borde Costero Norte
  • Plan Regulador Metropolitano de Valparaíso
  • Evaluación Ambiental Estratégica

216 Valor que se estima requiere una consultora para contratar a un profesional que recopile, organice y sistematice la información existente y la incluya en los instrumentos de planificación territorial por un periodo de 8 meses.